dilluns, 3 de novembre del 2025

Ojo al Dato

La Gaceta de Madrid (precursor del BOE) del 31 de gener de 1900 publicà la "Ley Dato".Els accidents dels treballadors deixen de ser una qüestió de malastrugança. Textualment:

"El patrono es responsable de los accidentes ocurridos á sus operarios con motivo y en el ejercicio de la profesión ó trabajo que realicen , á menos que el accidente sea debido a fuerza mayor extraña al trabajo en que se produzca el accidente".

Aquella primera llei establia la necessitat que els empresaris havien d'indemnitzar les víctimes.

Set dècades més tard, l'Ordenanza i General de Seguridad e Higiene en el Trabajo establia que:

[el empresario adoptará] cuantas medidas fueren necesarias en orden a la más perfecta organización y plena eficacia de la debida prevención de los riesgos que puedan afectar a la vida, integridad y salud de los trabajadores al servicio de la Empresa.

Amb l'entrada a la CEE, Espanya ha de fer seva la normativa comunitària. La Directiva 89/391

El empresario deberá garantizar la seguridad y la salud de los trabajadores en todos los aspectos relacionados con el trabajo.

i

...el empresario adoptará las medidas necesarias para la protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores, incluidas las actividades de prevención de los riesgos profesionales, de información y de formación, así como la constitución de una organización y de medios necesarios.

L'estat espanyol arrossega els peus i trigarà 6 anys en fer seva (nostra) la directiva europea. Molts empresaris encara estan al 1900. Si un treballador pren mal, se l'indemnitza...i alguns encara consideren que els treballadors són massa fluixos i covards.